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Tintas para el envasado de los alimentos

  • Publicado el 06 de Octubre de 2014
  • Andrew Gunton

El asunto de las tintas para el envasado de alimentos está de actualidad. Los artículos publicados en la prensa especulan sobre los riesgos de la migración a los alimentos y las modificaciones realizadas en las técnicas empleadas en el proceso de envasado para reducir o eliminar completamente estos riesgos.

La mayoría de los artículos hacen referencia a las tintas empleadas en la superficie impresa del envase, ya sea mediante impresión offset, flexográfica o al huecograbado. Este artículo analiza las normativas y las buenas prácticas que la cadena de suministro de alimentos debe cumplir en lo referente a las tintas de los envases, así como a la codificación y el marcaje (en los números de lote y en las fechas de consumo preferente y de caducidad) empleados habitualmente en las técnicas de impresión CIJ (inyección de tinta continua).

La cantidad de tinta utilizada en la codificación y el marcaje de los productos de alimentación puede ser relativamente baja (normalmente, inferior al 1%) en comparación con la tinta empleada en la superficie de los envases; sin embargo, garantizar al mismo tiempo la seguridad tiene la misma importancia.

Cuando uno piensa en el ingente volumen de productos alimenticios que tienen que ser codificados y marcados es cuando se percata de la enorme tarea que tiene ante sí. Se calcula que más del 95% de todos los productos alimenticios en Europa Occidental están envasados y que más de 15 millones de toneladas de alimentos y más de 5.000 millones de litros de leche se venden cada año solo en el Reino Unido. A esta lista se pueden añadir, además, grandes cantidades de productos de agua, zumos de fruta y bebidas alcohólicas y refrescantes.

El envasado tiene que ser adecuado y buena parte de los envases, ya sean de papel, cartón, plástico, metal o contenedores de vidrio, están impresos. El elemento impreso informa al consumidor acerca del producto y confirma los datos de la marca, así como la cantidad de producto, los ingredientes y las sugerencias de presentación. La información de fecha de consumo preferente o de caducidad juega un papel igualmente importante, pero su importancia a la hora de comunicar datos esenciales para el consumidor puede pasar por alto. 

Migración y offset

Actualmente, los fabricantes de alimentos tienen la obligación de garantizar que la combinación de los envases y las tintas o barnices empleados no pasen al producto alimenticio. Dejando a un lado los materiales de envasado, sigue existiendo la posibilidad de que determinados componentes de la tinta empleada en la impresión se transfieran a los alimentos y a las bebidas.

Esto se puede producir a través de la migración, un proceso mediante el cual la tinta se filtra a través del envase hacia el producto alimenticio adyacente.

Esta incidencia también se puede producir como resultado del proceso de la impresión offset, en el que los envases flexibles se imprimen previamente y los componentes de la tinta, durante el procedimiento de impresión, pueden filtrarse al otro lado del envase, durante la rebobinación después de la impresión. En ese momento podrían entrar en contacto con los alimentos, al dar forma al envase y rellenarlo.

También existe una tercera posibilidad. Los componentes volátiles presentes en el aire que hay en el interior del producto envasado pueden transferirse a los alimentos. Como cabría esperar, es altamente probable que estos componentes sean invisibles.

En lo que respecta a las tintas empleadas en la codificación y el marcaje, los fabricantes de envases de alimentos deben ser conscientes de la necesidad de abordar los riesgos que suponen los productos químicos de las tintas de impresión utilizadas en la codificación de los envases primarios. Este caso es especialmente importante ya que, en ocasiones, las tintas empleadas con este método pueden entrar en contacto directo con los alimentos (por ejemplo, en la codificación de huevos y quesos).

Efectividad de los sustratos

Los sustratos juegan un papel importante a la hora de evaluar, por ejemplo, la facilidad o la dificultad de los componentes de la tinta para filtrarse a través del envase. En términos de efectividad, los envases se dividen en tres categorías:

1. Envases de barrera permanente (o absoluta). Los metales y el vidrio actúan como una barrera efectiva que impide la migración de los componentes de las tintas. El papel de aluminio debe tener un grosor mínimo de 7μm para ser eficaz.

2. Envases de barrera funcional. Esta es la combinación de sustratos y componentes específicos de las tintas que afectan a la eficacia de la barrera. Por ejemplo, las películas de polipropileno biaxialmente orientado (BOPP) constituyen una excelente barrera contra el agua, pero su eficacia como barrera desaparece con muchos componentes de las tintas, como por ejemplo los aceites minerales.

3. Envases de barrera no funcional. Los materiales de envases como papel y cartón no son barreras eficaces, y permiten que los componentes de las tintas se trasladen a los alimentos con relativa facilidad.

Legislación relevante y códigos de prácticas

La legislación sobre esta cuestión es diversa y compleja y varía en función del país. Los fabricantes de envases y tintas tienen la responsabilidad de garantizar que la combinación de alimentos, envases y tintas sea segura para el consumo humano. La seguridad de los consumidores es de vital importancia en cualquier legislación; la asociación con los fabricantes de alimentos y bebidas (en realidad, los clientes de los proveedores de envases y tintas) hace que todas las partes implicadas tengan algo que decir en el proceso de cumplimiento normativo.

Además de la seguridad, deben conservarse las propiedades organolépticas de los productos de alimentación envasados o las relacionadas con los sentidos, como el sabor, el olor, el color, el aspecto, la retención de la forma y la uniformidad, ya que estos son factores vitales que afectan a la satisfacción de los consumidores.

La agenda legislativa

Todas las leyes relacionadas con el envasado de alimentos hacen referencia a las garantías de seguridad y salud para los consumidores. Para poder cumplir los requisitos legislativos del envasado de alimentos, los Reglamentos de la UE deben aplicarse en todos los Estados Miembros y las Directivas deben adaptarse en el ordenamiento jurídico de cada Estado Miembro de la UE.

El cumplimiento normativo es una responsabilidad compartida entre el fabricante de los envases y el fabricante del producto alimenticio. A los fabricantes de tintas de impresión les compete facilitar la información adecuada a sus clientes de modo que estos puedan tomar las decisiones más oportunas.

Estos son los reglamentos más importantes:

• Reglamento (CE) nº 1935/2004 (‘regulación marco’)

Este reglamento indica las normas y regulaciones europeas acerca de los materiales en contacto con los alimentos. Tales materiales (incluidos los barnices y tintas impresos en ellos), utilizados en el envasado de alimentos, deben impedir la transferencia a los alimentos de sustancias que a) pongan en peligro la salud humana; b) provoquen un cambio inaceptable en la composición del alimento; o c) afecten a las propiedades organolépticas del alimento (por ejemplo, el sabor o el olor).

• Reglamento (CE) nº 2023/2006

Este reglamento abarca los materiales de envasado incluidos la regulación marco mencionada anteriormente y obliga a poner en marcha sistemas efectivos de vigilancia y control de calidad capaces de supervisar buenas prácticas de fabricación en la producción de estos materiales. Junto a este reglamento se incluye el requisito de que las sustancias del lado impreso del envase no deben transferirse al lado que está en contacto con el alimento (como podría suceder si el material impreso se rebobina) de un modo que contravenga los requisitos del Reglamento 1935/2004 indicado anteriormente.

Sin embargo, no existe ninguna legislación específica en la UE en relación a las tintas de impresión, revestimientos o barnices. Además, es obligatorio que las tintas o los revestimientos presentes en los materiales de los envases cumplan con las normativas relacionadas con los materiales de envasado.

• Reglamento (UE) nº 10/2011/EC sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos

Este reglamento indica la lista de productos químicos aprobados para su uso en plásticos destinados a entrar en contacto directo con alimentos. Es obvio que las tintas de impresión no son plásticos; sin embargo, dada la ausencia de medidas específicas sobre las tintas de impresión destinadas a entrar en contacto con alimentos, este reglamento ha demostrado ser una guía útil para determinar los productos químicos que pueden ser adecuados.

Resoluciones del Consejo Europeo

La omisión de normativas relacionadas directamente con las tintas de impresión es ampliamente reconocida en el sector, y hace que muchas empresas presupongan que esta cuestión será abordada a su debido tiempo. Entre tanto, las resoluciones del Consejo Europeo (CE), que incluyen a países extracomunitarios como Suiza, ya se están aplicando aunque se trate de directrices más que de normativas jurídicamente vinculantes.

El Departamento Federal del Interior (EDI) suizo ha elaborado la Ordenanza suiza sobre materiales y artículos en contacto con los alimentos (SR 817.023.21) que incluye una serie de normas específicas aplicables a las tintas de impresión; desde abril de 2010, todas las tintas empleadas en el envasado de alimentos que entran en Suiza deben cumplir con esta ordenanza.

Estos son los principales aspectos de dicha ordenanza:

1. Las tintas deben fabricarse e imprimirse siguiendo las buenas prácticas de fabricación.

2. Las tintas de impresión solo deben usar componentes en dos ‘listas positivas’ denominadas Anexo 1 y Anexo 6. El Anexo 6 fue compilado en un primer momento por la Asociación Europea de Tintas de Impresión (EuPIA).

3. El Anexo 6 incluye dos listas, la primera de ellas, SML (Límite de migración específica), en la que se han determinado límites de migración segura de obligado cumplimiento. La segunda lista no contiene aún estos datos; en esta, la migración de estos materiales no debe ser detectable cuando el límite de detección se establezca en 10 partes por billón (0,01 mg/kg).

Aunque se trata de un punto de referencia valioso, la lista de materiales es incompleta y no incluye todas las materias primas empleadas en la fabricación de tintas de impresión para aplicaciones de envasado de alimentos.

En Alemania, el Instituto Federal de Evaluación de Riesgos (BfR) ha emitido una serie de recomendaciones orientadas a controlar el uso de sustancias en los materiales para el envasado de alimentos.

Fuera de la Unión Europea hay otras normativas básicas, como el Código de Regulaciones Federales CFR21 de la Administración de Medicamentos y Alimentos (FDA), la legislación china GB9685-2008, la Ley de Sanidad Alimentaria de Japón, las normas de la Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos (CFIA) y el departamento federal “Health Canada” y el estándar de Australia/Nueva Zelanda AS 2070-1999.

Además de las normativas y guías de ámbito nacional, algunas corporaciones multinacionales tienen sus propias directrices “internas”, que suelen ser bastante rigurosas con las normativas.

En resumen, estas normativas o recomendaciones obligan a impedir la transferencia de cualquier tipo de sustancia desde el envase hasta los alimentos a menos que esté expresamente permitido de acuerdo con datos de seguridad probados. A modo de resumen, estas son las “normas”:

1. No se pueden emplear sustancias CMR (carcinógenas, mutágenas o tóxicas) de Categoría 1, 2 o 3.

2. El nivel de migración de cualquier sustancia debe estar por debajo de los límites definidos.

3. En las sustancias evaluadas toxicológicamente deben cumplirse los límites de migración segura.

4. En las sustancias que no incluyan datos toxicológicos no debe detectarse migración cuando el límite de detección se establezca en 10 partes por billón (0,01 mg/kg).

5. El límite general de todas las sustancias no debe sobrepasar los 60 mg/kg.

El papel de Domino con envasadores y productores de alimentos

Domino forma parte de la asociación EuPIA y ha adoptado el compromiso de velar por la protección de la seguridad de los consumidores de alimentos en las áreas que tiene bajo su supervisión. Estos compromisos abarcan todos los productos fabricados o comercializados para su aplicación en la superficie del envase y los materiales que no estén en contacto con el alimento. Domino asume estos compromisos:

• El principio de priorizar la seguridad de los consumidores;

• El cumplimiento de la legislación pertinente en vigor y de los requisitos legales resultantes con el fin de garantizar un elevado nivel de seguridad para el consumidor;

• Los principios de transparencia y de distribución de información que permitan el cumplimiento en la cadena de suministro de envasado, al tiempo que se preserven las normas pertinentes de confidencialidad comercial y de respeto por la competencia;

• El suministro de productos adecuados al objetivo establecido tal como se haya definido mutuamente entre la empresa y sus clientes;

• El concepto de evaluación de la exposición y los riesgos de acuerdo con principios científicos reconocidos internacionalmente;

• Los principios y la implementación de buenas prácticas de fabricación, incluidos los procesos de auditoría;

• El principio de mejora continua en la seguridad del consumidor teniendo en cuenta los nuevos avances científicos que se produzcan;

• El cumplimiento de los procedimientos de gestión de crisis establecidos por la EuPIA, o asociaciones equivalentes, en caso de algún incidente relacionado con tintas de envasado de alimentos.

Nuestro compromiso en la producción de tintas

A la hora de desarrollar nuevas tintas, Domino tiene en cuenta las normativas y directrices pertinentes en la selección de las materias primas y los componentes. En ausencia de una legislación específica que aborde las tintas de impresión, Domino ha fijado sus propios criterios. Entre estos criterios se incluye una declaración relativa a las tintas y los fluidos asociados que sean adecuados para las aplicaciones de envasado de alimentos.

Domino ofrece una gama especializada de tintas diseñadas específicamente para el contacto directo con los alimentos, como por ejemplo en la codificación de los huevos o los quesos. Estas tintas han sido formuladas empleando componentes compatibles con las normativas correspondientes de la UE y la FDA (Título 21 del Código de Regulaciones Federales) sobre aditivos alimentarios; además, se adaptan a los requisitos del Reglamento (CE) nº 1935/2004.

Existe mucha documentación de referencia que ofrece explicaciones más detalladas acerca de la cuestión de las tintas en el envasado de los alimentos. Uno de esos ejemplos es la publicación “Designing Packaging with Certainty. A Best Practice Guide” (Diseño seguro de envases. Guía de buenas prácticas) de Sun Chemical. Consulte www.sunchemical.com.

Conclusión

Son múltiples y variados los desafíos que deben afrontar productores y envasadores. No existe una legislación de carácter global y se aplican directivas a territorios distintos; por esta razón, todas las partes de la cadena de suministro de alimentos deben conocer los métodos de cumplimiento y observación de los distintos estándares.

Las partes interesadas en esta cadena incluyen al propietario de la marca, la imprenta del envase, el fabricante o envasador y el proveedor de equipos de codificación. Cada una de ellas debe entender a la perfección el papel que desempeña en la cadena de suministro, además de la legislación y los códigos de buenas prácticas pertinentes; también deben garantizar una comunicación eficaz con todas las partes interesadas teniendo en cuenta estos aspectos:

• El propietario de la marca asume la responsabilidad de los materiales y el diseño del envase, así como de los procesos de impresión y post-impresión, entre los que se incluye la codificación.

• La imprenta del envase garantiza que el sustrato y las tintas de impresión cumplen los criterios especificados y se adaptan al objetivo establecido; a su vez, el productor o envasador asume la responsabilidad de llenar, sellar, almacenar y verificar la precisión de los códigos de trazabilidad y de consumo preferente.

• El proveedor de equipos de codificación debe garantizar la disponibilidad en el mercado de las tintas de impresión adecuadas; además, debe asegurarse de que las hojas de datos técnicos proporcionan la información adecuada que los usuarios necesitan para cumplir las obligaciones especificadas en los reglamentos 1935/2004/CE y 2023/2006/CE.

Las tintas empleadas en las aplicaciones de codificación y marcaje son tan importantes como las utilizadas en el envasado de superficie, especialmente en los casos en que éstas entran en contacto directo con los alimentos. Es especialmente importante respetar en todo momento las medidas de seguridad más estrictas con el fin de garantizar la protección de los consumidores.

Además de los criterios de obligado cumplimiento, existe una presión creciente por parte de consumidores y minoristas para emplear códigos de fechas de consumo preferente y de caducidad de los productos alimenticios de una manera clara y uniforme, que permitan a los consumidores tomar las decisiones más adecuadas y contribuir a reducir la gran cantidad de alimentos que se tiran cada año en el Reino Unido sin motivos aparentes.

En resumen, todas estas razones explican por qué las tintas utilizadas para marcar y codificar alimentos, así como las regulaciones que gobiernan su uso, tienen idéntica relevancia tanto para los envasadores y productores de alimentos como para las tintas empleadas en el envasado de superficies.

Andrew Gunton

Domino Printing Sciences

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